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Nuevo texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

La secretaría de Estado ha autorizado la creación de una comisión para diseñar un nuevo texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en el que se regularicen, aclaren y se armonicen las leyes vigentes que afectan al sistema.
Teniendo en cuenta la "entidad y complejidad" de esta tarea, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social ha estimado conveniente que la comisión esté presidida por el secretario de Estado de la Seguridad Social o por aquella persona en quien éste delegue.
La comisión, que tiene que estar integrada por un mínimo de 10 y un máximo de 15 miembros especializados en las distintas parcelas del Derecho de la Seguridad Social, debe estar constituida en un plazo de 6 meses y dispone de un año para entregar el redactado. Sus integrantes estarán designados por el secretario de Estado de la Seguridad Social entre aquellos funcionarios adscritos a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, la Tesorería General, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM), la Intervención General de la Seguridad Social, el servicio jurídico de la Seguridad Social y el Gabinete del secretario de Estado de la Seguridad Social.
Teniendo en cuenta la "entidad y complejidad" de esta tarea, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social ha estimado conveniente que la comisión esté presidida por el secretario de Estado de la Seguridad Social o por aquella persona en quien éste delegue.
La comisión, que tiene que estar integrada por un mínimo de 10 y un máximo de 15 miembros especializados en las distintas parcelas del Derecho de la Seguridad Social, debe estar constituida en un plazo de 6 meses y dispone de un año para entregar el redactado. Sus integrantes estarán designados por el secretario de Estado de la Seguridad Social entre aquellos funcionarios adscritos a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, la Tesorería General, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM), la Intervención General de la Seguridad Social, el servicio jurídico de la Seguridad Social y el Gabinete del secretario de Estado de la Seguridad Social.