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Aclaraciones sobre el Certificado Provisional Sustitutorio

El Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), tal como indica su nombre, es un sustituto de la Tarjeta Sanitaria Europea, durante una estancia temporal en el territorio del Espacio Económico Europeo o Suiza. El CPS acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico.
Hay que tener en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia prevista, de acuerdo con la legislación del país de estancia.
Por otro lado, el CPS no es válido si se traslada la residencia al territorio de otro Estado miembro, así como si la finalidad del desplazamiento es la asistencia sanitaria en el país de destino.
Pueden solicitar el CPS Los titulares del derecho y beneficiarios a su cargo que cumplan los requisitos exigidos por la legislación española y los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social.
Se puede solicitar tanto presencial como en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Para más información sobre asistencia en el extranjero a trabajadores del colectivo protegido por parte de la Mutua, consulta la sección Asistencia en el Extranjero haciendo click aquí.