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¿Estás pensando en empezar un negocio como autónomo?

Hacerse autónomo no es tarea sencilla, ya que requiere de muchos trámites. Es imprescindible conocer todos y cada uno de ellos para no perdernos entre tanto papeleo, normativa y pasos fiscales. Por ello, recopilamos los pasos a seguir para completar tu alta de autónomo con éxito.

Pasos obligatorios para autónomos

Alta en el impuesto de actividades económicas (I.A.E): Se trata de un impuesto del sistema tributario español que grava el ejercicio de la actividad profesional. Clasifica las actividades empresariales y profesionales a través de un código que se llama “epígrafe de la actividad“, y se realiza en la Agencia Tributaria.

Alta Censal y opción del régimen fiscal: También se tramita en la Agencia Tributaria para darse de alta las personas o entidades que vayan a desarrollar actividades empresariales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención. Se debe completar el impreso 036.

Afiliación en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social: Este trámite se debe realizar en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Se debe llevar el impreso 036, DNI y el modelo TA521/1 de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que se cumplimentará en la misma oficina de la TGSS.

Otros casos

Hay casos concretos en los que son necesarios trámites adicionales. Es el caso de la Licencia de Apertura y Licencia de Actividades e Instalaciones. En ambos casos, son necesarios para registrar una empresa y deben ir acompañados de un proyecto de instalación. Se deben formalizar en el Ayuntamiento correspondiente.

En caso de que necesites darte de alta en el Registro Mercantil, será obligatorio presentar los siguientes documentos: el original de la escritura de constitución, un certificado que indica que el nombre de la sociedad no coincide con otro ya existente, un certificado de inscripción en el Registro de Sociedades Anónimas Laborales, una carta de pago de liquidación del Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados y, por último, se deberán legalizar los libros de contabilidad.