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Convenio especial para poder acceder a las prestaciones de la Seguridad Social
Si se encuentra en situación de baja en la Seguridad Social y no puede acceder a las prestaciones, ahora tiene la posibilidad de firmar un convenio especial, por el cual poder mantener o generar el derecho a las prestaciones. Se trata de un acuerdo firmado por los trabajadores con la Seguridad Social, donde éstos corren a cargo de las cuotas, de manera que les permite seguir cotizando. Así mismo, el convenio cubriría las prestaciones de invalidez permanente, muerte y supervivencia, jubilación o servicios sociales, entre otras.
Pueden acogerse a este convenio aquel trabajador que tengan cubierto un mínimo de cotización de 1.080 días en los doce años anteriores a su baja en la Seguridad Social y bajo varios supuestos. Aquellos cuyos ingresos sean inferiores a los que percibían el último año, las personas que dejen de percibir la prestación por desempleo, o bien, pensionistas que hayan sido declarados inválidos parciales o que se les haya negado la pensión.
Y, ¿qué es lo que tiene que hacer? Se debe presentar el modelo TA-0040 en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social y, a la hora de decidir la cantidad a pagar en las cuotas, puede elegir entre varias opciones, teniendo en cuenta que se aplicará un coeficiente del 0,94 a la base de cotización:
- La base máxima del grupo de cotización que corresponda a la categoría profesional en la que esté dado de alta. Para ello, debe haber cotizado en dicha categoría un mínimo de 24 meses en los últimos 5 años.
- La base por la que ha cotizado en los últimos doce meses.
- La base mínima de cotización vigente.
Cuando el trabajador reinicie su actividad laboral, el convenio quedará suspendido, de la misma manera si se produce un cambio por condición de jubilación o pensión por incapacidad permanente.