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Nuevas obligaciones de las oficinas públicas de empleo
Tras la publicación este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entra en vigor mañana, 6 de febrero, el Real Decreto por el que se establece la cartera común de servicios que deberán prestar las oficinas públicas de empleo. Esta norma, tal y como estaba previsto en la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, se traduce como un paso más hacia la modernización de los servicios públicos de empleo.
Uno de los pilares de esta medida es que garantiza el acceso de todos los ciudadanos a los servicios de empleo, mediante la articulación de un itinerario personalizado para la persona desempleada con una atención continuada y adaptada a sus necesidades. Así, la cartera integra servicios de orientación profesional, de colocación y de asesoramiento a las empresas, formación y cualificación para el empleo y de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.
Los servicios autonómicos de empleo deberán asesorar a las empresas y actuar como intermediario entre las ofertas y las demandas de empleo. Asimismo, el Real Decreto también establece que los servicios autonómicos ayuden en el ámbito de la formación a los desempleados y desarrollen una cuenta de formación asociada a la Seguridad Social, la cual dispondrá de toda la formación certificada del trabajador.
Otro de los pilares, es la introducción del control y evaluación del gasto en políticas activas de empleo, que establece que el 60% de los recursos se asignarán en base a los resultados obtenidos el año anterior.